El Gobierno prevé regular la situación del personal judicial suplente ante el procedimiento de infracción abierto por Europa
El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de ley por el que se modifica la ley del poder judicial.
El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles un anteproyecto de ley que modifica la ley del poder judicial para regularizar la situación laboral del personal suplente: jueces, magistrados y fiscales. La norma salvaría a España de una posible sanción de la Unión Europea por incumplir la directiva relativa a los contratos de trabajo de duración determinada, según ha informado el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños.
Regularización de empleo
El anteproyecto prevé reconfigurar el acceso a la carrera judicial, promoviendo la igualdad de entrada y garantizando las posibilidades de promoción dentro de un puesto.
- ¿Cómo? Se ampliará el número de plazas disponibles para acceder a la carrera profesional por la vía del “cuarto turno”, el nombre de las plazas disponibles para profesionales con más de diez años de experiencia en el sector.
Contexto. La Comisión Europea ya alertó a España en julio de este año de que no se había traspuesto correctamente al derecho nacional la directiva 1999/70/CE, relativa a los trabajos de duración determinada. A través de una carta de emplazamiento, instaba a España a que pusiera fin a las condiciones laborales discriminatorias en el sector público.
- Un ejemplo es el caso de un trabajador contratado a través de esta fórmula que si dimite “por cualquier motivo no tiene derecho a indemnización alguna”, explica la Comisión.
- Este procedimiento de infracción comenzó en 2014, como indica la propia Comisión Europea en uno de sus comunicados.
En octubre de este año, la Comisión envió otra carta de emplazamiento en la que solicitó de nuevo a España que cumpliera con las exigencias de la norma no solo en el caso del personal judicial.
La directiva incumplida
España actualmente incumple la directiva europea que exige a los Estados miembros que completen su legislación nacional con medidas destinadas a evitar la situación de inestabilidad prolongada derivada de encadenar contratos de duración determinada, entre otros:
- Esta norma garantiza que los trabajadores con contrato temporal reciban el mismo trato y condiciones que los que tienen contrato indefinido.
- Los trabajadores temporales deberán ser informados de los puestos fijos a los que pueden optar dentro de la empresa.
- Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
- Directiva 1999/70/CE
- Comunicados de la Comisión Europea
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