Cuatro cosas que es ilegal que te cobren en un restaurante y cuatro que te cobran sin que te enteres
El hielo, el suplemento de terraza, el pan y otras sorpresas que nos rechina encontrarnos en la cuenta. ¿Es legal que te lo cobren?
En los últimos tiempos el precio de la cuenta de los restaurantes ha subido al ritmo que lo ha hecho el nivel de vida, por lo que no paramos de escuchar eso de "por menos de 30 euros ya no comes en ningún sitio", y mientras que probablemente en otros tiempos pagábamos sin revisar la cuenta, ahora siempre le echamos un ojo al ticket, donde nos encontramos alguna que otra sorpresa.
A pesar de que en hostelería los precios son libres y deben estar correctamente indicados (con el IVA incluido), hay algunos productos o servicios que en ocasiones están en esa fina línea de poder o no poder ser cobrados. Y ahí es donde llegan las sorpresas.
4 cosas que no te pueden cobrar
Aunque parezca marciano cobrar cosas que no está permitido (o no al menos sin avisarlo previamente), estas cosas ocurren y si cuela, cuela. Una de las cosas que la OCU nos alerta para que revisemos que no nos han cobrado es el cubierto, ya que aseguran que "no es legal cobrar por el servicio o cubierto: esto debe estar incluido en el precio".
En cuanto al IVA, aunque sí es legal -y obligatorio- cobrarlo, "no pueden engrosar la factura aplicando un 10% adicional al precio de la carta simplemente por sumar el IVA. Según la legislación nacional no está permitida la advertencia "IVA no incluido", aunque aparezca en el menú. Los precios que se comuniquen en la carta o lista de precios ya deben llevar sumado el IVA".
La tercera situación a la que debemos estar alerta es al plus por reserva, ya que "no pueden cobrarte de más por haber hecho una reserva. Lo que sí pueden hacer (llega ser una práctica habitual en grupos grandes) es cobrarte por adelantado una cantidad en concepto de reserva, pero luego deberían descontarlo del importe total", explican desde la OCU.
La cuarta cosa que es ilegal cobrar en un restaurante es uno de los grandes clásicos: suplemento por terraza. ¿Es ilegal cobrarlo? No, pero sí es ilegal cobrarlo sin avisar. "Deben indicarlo y detallar el coste del servicio en la terraza, aclarando la cuantía, porque no basta un porcentaje del precio. De nuevo es preciso haber informado con antelación del importe, indicándolo en la carta y el establecimiento. Y debe aparecer en la factura".
Como bonus track, la Organización de Consumidores y Usuarios nos recuerda que cobrar el agua del grifo es ilegal en bares y restaurantes y que, la famosa jarra de agua del grifo, en ningún momento se podrá cobrar.
4 cosas que te cobran sin que te enteres
Aquí ya no entramos en si es ilegal, sino en si es inmoral o si de alguna manera enfada al consumidor. Una de las más comunes es que te cobren el aperitivo, por lo que aquí la OCU hace una clara distinción: "Si te preguntas si te pueden cobrar por el aperitivo que no has pedido, la respuesta es que sí. Siempre y cuando, claro está, lo indiquen así en la carta o lista de precios. Si no dice nada, pregunta si es gratis, y ten en cuenta que si lo consumes cuando te lo pongan, te lo podrán cobrar".
Otra de las grandes preguntas es si es legal que te cobren en pan, a lo que desde la organización aseguran que "se puede cobrar por el servicio de pan si está en la lista de precios, detallado el precio por comensal o unidad. Atento si el precio es por unidad, porque cada vez que pidas más, porque se te haya acabado, irá sumándose en la cuenta".
En cuanto al hielo de la bebida, desde la OCU aseguran que, aunque les parece abusivo, el establecimiento puede hacerlo, aunque siempre debería indicar en la lista de precios el coste del producto con y sin hielo.
Lo mismo ocurre con la leche en el caso de que pidas un café con leche. En el caso de que esté indicado en la carta y el cliente acepte, sería legal cobrarlo.
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